Mes del Testamento en septiembre: plazos oficiales, costos y requisitos para tramitarlo con descuento
El 1 de septiembre marca el inicio formal de la campaña nacional del Mes del Testamento en todo el territorio mexicano, una iniciativa coordinada entre la Secretaría de Gobernación y el Colegio Nacional del Notariado Mexicano que ofrece reducciones de hasta el cincuenta por ciento en honorarios notariales, asesoría jurídica gratuita y horarios de atención extendidos durante las cuatro semanas del mes. La medida busca incentivar la certeza jurídica patrimonial y reducir los conflictos sucesorios entre familias mexicanas, facilitando el acceso a un trámite fundamental mediante aranceles preferenciales que aplican de manera simultánea en las 32 entidades federativas.
Plazos de la campaña y prórrogas habituales en las notarías
El calendario oficial del programa establece su vigencia ordinaria del 1 al 30 de septiembre en todas las notarías públicas del país. Durante este periodo, los colegios notariales de cada estado operan bajo el acuerdo de tarifa social, lo que permite a cualquier ciudadano mexicano o residente legal formalizar su disposición testamentaria con un arancel sustancialmente menor al tabulador ordinario del resto del año.
Históricamente, múltiples entidades federativas aprueban convenios adicionales con sus respectivos colegios de notarios para extender el beneficio durante todo el mes de octubre e incluso las primeras semanas de noviembre. Estados como la Ciudad de México, el Estado de México, Jalisco, Veracruz, Puebla y Nuevo León suelen formalizar esta prórroga hacia la última quincena de septiembre, con el fin de desahogar la alta demanda ciudadana acumulada en las agendas notariales.
Resulta aconsejable no postergar el trámite hacia los últimos días del calendario mensual, dado que las notarías registran su mayor carga administrativa en la última semana de septiembre, lo que puede derivar en listas de espera prolongadas para la firma del instrumento público definitivo.
Costos promedio y descuentos aplicables en el territorio nacional
El costo del testamento durante la campaña no es una tarifa única federal, sino un arancel regulado a nivel estatal mediante acuerdos suscritos entre las autoridades locales y los colegios de notarios de cada entidad. En términos generales, el descuento representa entre un 40% y un 50% respecto al valor ordinario del servicio legal en cualquier otro mes del año.

Para una referencia general del costo promedio por zonas geográficas, se aplican los siguientes rangos de precio con descuento aplicado durante la jornada nacional:
- Ciudad de México y Zona Metropolitana: el arancel básico para testamento universal se sitúa entre 3,200 y 3,700 pesos, incluyendo el aviso al Registro Nacional de Avisos de Testamento (Renat).
- Zona Centro (Puebla, Hidalgo, Querétaro, Morelos): costos convenidos que oscilan entre 2,100 y 2,900 pesos según el tabulador estatal.
- Zona Norte (Nuevo León, Coahuila, Chihuahua, Sonora): cuotas preferenciales entre 2,500 y 3,500 pesos.
- Zona Occidente y Bajío (Jalisco, Guanajuato, Michoacán): tarifas promedio de 2,200 a 3,100 pesos.
- Zona Sur y Sureste (Veracruz, Oaxaca, Chiapas, Yucatán): precios sociales que parten desde 1,800 hasta 2,600 pesos.
En el marco de la planeación patrimonial anual que organiza la ciudadanía dentro del calendario 2026 de México, septiembre representa la ventana económica más favorable para formalizar este tipo de instrumentos sin incurrir en gastos legales desproporcionados.
Requisitos oficiales para tramitar el testamento en septiembre
El proceso para otorgar un testamento público abierto ante notario es ágil y no exige presentar facturas de compra, contratos originales ni escrituras de propiedad en el momento de la redacción si se opta por la figura de heredero universal. Los requisitos obligatorios para cualquier solicitante comprenden los siguientes elementos:
- Edad legal requerida: tener la edad mínima establecida por el Código Civil de la entidad correspondiente (generalmente 16 o 18 años según el estado).
- Identificación oficial vigente con fotografía: credencial para votar del INE, pasaporte mexicano, cédula profesional con fotografía o cartilla del servicio militar nacional.
- Clave Única de Registro de Población (CURP): documento impreso o digital actualizado.
- Llenado del formato de solicitud: cuestionario proporcionado por la notaría donde se indican los datos generales del testador, estado civil, ocupación, domicilio y nombres completos de padres, cónyuge e hijos.
- Designación de herederos y albacea: nombre completo y correcto de las personas que recibirán los bienes, así como la persona designada para administrar y ejecutar la voluntad sucesoria (albacea).
- Pago de derechos y honorarios: liquidación de la tarifa convenida para la campaña.
La presencia de testigos ya no es un requisito indispensable en la mayoría de los códigos civiles estatales, excepto en casos específicos donde el testador no sepa o no pueda firmar, presente alguna discapacidad visual o auditiva, no hable español o cuando el propio notario o el compareciente lo soliciten expresamente para mayor respaldo legal.
Diferencia entre testamento universal y legados de bienes específicos
Uno de los aspectos clave al momento de elaborar el documento es definir la modalidad de distribución del patrimonio. La opción más común y económica durante la campaña es el testamento universal, en el cual el testador designa a una o varias personas para que reciban la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones presentes y futuros en porcentajes definidos (por ejemplo, partes iguales a los hijos o el cien por ciento al cónyuge), sin necesidad de detallar inmueble por inmueble o cuenta bancaria por cuenta bancaria.
Por el contrario, cuando se desea dejar un bien determinado a una persona concreta (como un terreno específico, una casa, un vehículo o una cuenta bancaria particular), se constituye un legado. Si bien es plenamente válido realizar legados dentro de la campaña, este tipo de redacciones más complejas puede requerir la exhibición de escrituras previas o generar costos notariales adicionales según el número de cláusulas y bienes involucrados.
Es importante recordar que el testamento es un acto personalísimo, revocable y libre. Esto significa que una persona puede modificar o actualizar su testamento cuantas veces lo considere necesario a lo largo de su vida, quedando sin efecto el documento anterior en el momento en que se otorga uno nuevo ante notario público.
Impacto de los descansos obligatorios en el calendario de notarías
Durante el mes de septiembre, la actividad notarial y los trámites ante registros públicos se ven influenciados por las fechas cívicas y feriados oficiales. El 16 de septiembre, día del aniversario de la Independencia de México, constituye una jornada de descanso obligatorio a nivel nacional según la legislación laboral mexicana, por lo que las notarías públicas del país suspenden la atención al público.
| Fecha de septiembre | Día de la semana | Operación en notarías públicas | Impacto en plazos del trámite |
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre | Martes | Inicio oficial de la campaña nacional | Apertura de citas y recepción de solicitudes con tarifa social |
| 15 de septiembre | Martes | Atención ordinaria o con horario especial vespertino | Recepción habitual de documentos y firmas |
| 16 de septiembre | Miércoles | Inhábil por feriado nacional de Independencia | Cierre total de notarías y oficinas registrales |
| 17 de septiembre | Jueves | Reanudación de actividades normales | Continuación de agendas y desahogo de expedientes |
| 30 de septiembre | Miércoles | Cierre formal del periodo ordinario nacional | Último día oficial antes de posibles prórrogas estatales |
Para conocer el impacto de las jornadas inhábiles en otras dependencias y servicios públicos en estas semanas, conviene revisar la cobertura sobre los días festivos de septiembre y su distribución en el calendario cívico oficial.
Pasos para agendar cita y evitar saturación en las notarías
Para aprovechar al máximo el descuento de la campaña y concretar el trámite en tiempo y forma, el Colegio Nacional del Notariado Mexicano recomienda seguir un orden claro de gestión desde los primeros días de septiembre:
- Localizar la notaría más conveniente: es posible consultar el directorio nacional de colegios de notarios a través de las plataformas digitales del gobierno estatal o de la Secretaría de Gobernación. Se puede acudir a cualquier notaría de la entidad de residencia sin importar la ubicación geográfica exacta del inmueble testamentado dentro del país.
- Solicitar cita previa de asesoría: la gran mayoría de las notarías operan con sistema de cita electrónica o telefónica para evitar aglomeraciones en las salas de espera.
- Revisión del proyecto de testamento: el notario o su personal jurídico redacta un borrador con base en la entrevista previa, el cual debe ser leído y validado por el interesado antes de la firma.
- Firma del instrumento público y entrega del testimonio: tras la firma del documento original en el protocolo notarial, la notaría realiza el aviso al Renat y emite el primer testimonio (copia certificada oficial) para el testador en un plazo estimado de entre 10 y 20 días hábiles.
La formalización oportuna del testamento previene la apertura de juicios sucesorios intestamentarios, los cuales suelen prolongarse durante varios años en juzgados familiares y conllevan gastos legales significativamente superiores a la tarifa social vigente durante septiembre.
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