Publicado: 22/10/2026 11:03 · Por

Aguinaldo: el plazo para pagarlo vence el 20 de diciembre, que cae en domingo; qué fecha deben respetar las empresas

Aguinaldo: el plazo para pagarlo vence el 20 de diciembre, que cae en domingo; qué fecha deben respetar las empresas

El aguinaldo de 2026 debe estar en manos de los trabajadores a más tardar el 20 de diciembre, una fecha que este año cae en domingo. La Ley Federal del Trabajo establece que esta prestación se paga "antes del día 20" de ese mes. Por eso, las empresas que quieran evitar un incumplimiento deben programar el depósito o la entrega para el viernes 18 de diciembre o, como límite práctico, el sábado 19. A menos de dos meses de la fecha, conviene tener claro el calendario.

La coincidencia con el fin de semana no mueve el plazo al lunes 21. La ley no prevé que el vencimiento se recorra por caer en día inhábil. Esa es la duda que más se repite entre quienes administran nóminas y entre quienes esperan el pago.

Qué dice la ley sobre la fecha límite del aguinaldo

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo reconoce el derecho a un aguinaldo anual. Debe pagarse antes del 20 de diciembre y equivaler a por lo menos 15 días de salario. Ese es el mínimo legal. Los contratos individuales, los contratos colectivos o las políticas de cada empresa pueden ofrecer más días, pero no menos.

La redacción importa. La norma habla de pagar "antes" del 20 de diciembre, no "el" 20. Una lectura estricta ubica el último día de pago en el 19. En 2026 esa precisión tiene poco margen práctico, porque el 19 es sábado y el 20 es domingo. En los hechos, el cierre ordenado de la obligación ocurre el viernes 18, cuando todavía operan las áreas administrativas y la mayoría de las instituciones bancarias.

La ley no distingue entre trabajadores de confianza, sindicalizados, de base o eventuales. Todos tienen derecho a la prestación, en proporción al tiempo trabajado durante el año.

Por qué el 20 de diciembre de 2026 cae en domingo y qué implica

El domingo 20 de diciembre es día de descanso semanal para la mayoría de los centros de trabajo. Las áreas de nómina y tesorería no suelen operar, y las sucursales bancarias tienen horarios reducidos o permanecen cerradas. Las transferencias electrónicas SPEI funcionan todos los días del año, pero las empresas suelen programar la dispersión de nómina en días hábiles.

Esto crea un riesgo concreto para los patrones que se confíen en el último momento. Si el depósito se programa "para el 20" y la institución lo procesa el lunes 21, el pago ya habría salido del plazo legal. La recomendación práctica, ante un calendario como este, es adelantar el pago a la semana del 14 al 18 de diciembre.

Para el trabajador, la fecha ancla es la misma. Si el aguinaldo no está disponible a más tardar el sábado 19, puede considerarse que el patrón está en mora. Aun así, cada caso depende de las condiciones de la relación laboral y de cómo se haya acordado el pago.

calendario de diciembre con el domingo 20 marcado como fecha límite del aguinaldo y un recibo de nómina sobre el escritorio

Fechas clave de diciembre para el pago del aguinaldo

El calendario de la segunda quincena de diciembre combina el plazo del aguinaldo con el único día de descanso obligatorio del mes. Estas son las fechas que conviene tener a la vista:

FechaDíaQué ocurreDescanso obligatorio
12 de diciembreSábadoDía de la Virgen de Guadalupe, conmemoraciónNo es descanso obligatorio nacional
18 de diciembreViernesÚltimo día hábil antes del plazo; fecha recomendada para depositarNo
19 de diciembreSábadoÚltimo día en que el pago queda "antes del 20"No
20 de diciembreDomingoFecha en que vence el plazo legalNo, es descanso semanal
21 de diciembreLunesPrimer día hábil posterior al plazoNo
25 de diciembreViernesNavidadSí, descanso obligatorio
1 de enero de 2027ViernesAño NuevoSí, descanso obligatorio

Quien busque la fecha límite en el calendario 2026 de México encontrará que el 25 de diciembre es el único feriado nacional del mes. El 12 de diciembre se conmemora, pero no suspende labores por ley. Para el siguiente año, el calendario 2027 ya marca el 1 de enero como viernes.

Cuánto aguinaldo corresponde y quién tiene derecho

El mínimo de 15 días de salario

La base legal son 15 días de salario por un año completo de servicios. Un trabajador con un salario diario de 400 pesos recibiría al menos 6,000 pesos. El ejemplo es ilustrativo, no una cifra oficial, y el cálculo exacto depende del salario que le corresponda a cada persona. Muchas empresas otorgan 20, 30 o más días, sobre todo en esquemas de prestaciones superiores a la ley.

Proporcional para quien trabajó menos de un año

Quienes no completaron el año de servicios, por haber ingresado a mitad de 2026, tienen derecho a la parte proporcional al tiempo laborado, sin importar si siguen en la empresa a la fecha de pago. Si la relación terminó antes de diciembre, la proporción también se calcula con los días efectivamente trabajados. Estos casos suelen ser motivo de controversia al momento del finiquito.

Salario variable y esquemas mixtos

Cuando el ingreso incluye comisiones o bonos variables, el cálculo puede volverse más complejo. Se recomienda revisar el contrato y, de existir dudas, consultar con la autoridad laboral. En esos casos conviene no dar por hecho una cifra antes de ver el desglose que entregue el patrón.

Qué pasa si la empresa no paga el aguinaldo a tiempo

Si el 20 de diciembre llega y el pago no se ha realizado, el trabajador puede pedir una aclaración por escrito a su empleador. Muchas veces la demora obedece a un error administrativo o a la dispersión bancaria. Conservar el recibo de nómina, el contrato y cualquier mensaje donde se haya prometido una fecha facilita un eventual reclamo.

La instancia gratuita para asesoría es la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que orienta a los trabajadores sobre sus derechos y puede intervenir en la conciliación. También existen procuradurías estatales y centros de conciliación laboral. Cada trabajador debe valorar qué ruta le conviene según su situación.

Como regla general, las acciones laborales prescriben en un año. Es un plazo largo, pero no conviene dejar pasar el tiempo, porque las pruebas se pierden y el reclamo se complica.

Una nota para quienes cobran por pensión: el calendario es distinto del de las nóminas privadas. El calendario de pago de aguinaldo para pensionados del ISSSTE e IMSS detalla las fechas de depósito de ese sector.

Cómo afecta el calendario de fin de año al cobro

El pago del aguinaldo convive con un mes de ritmo irregular. El 12 de diciembre cae en sábado, el 25 es viernes y muchas empresas organizan cierres anticipados o vacaciones colectivas. Cuando la plantilla sale de descanso antes de tiempo, el área de nómina puede adelantar sus procesos, lo que normalmente beneficia al trabajador.

Quienes tengan vacaciones pendientes o planeen ausentarse al final del año pueden consultar el plazo en que deben concederse estos días, en la nota sobre vacaciones pendientes antes de fin de año.

También hay que considerar la tributación. En términos generales, el aguinaldo está exento de ISR hasta cierto límite expresado en días de UMA, y el excedente se grava. Los detalles dependen de cada caso, por lo que conviene revisar el comprobante fiscal que emita la empresa.

Qué conviene hacer ahora para evitar retrasos

Para las empresas, el calendario ofrece un margen claro. Confirmar el monto a más tardar en la primera quincena de diciembre, definir la fecha de dispersión para el viernes 18 y avisar a la plantilla con anticipación reduce el riesgo de reclamos.

Para los trabajadores, la utilidad práctica es doble. Primero, conocer los días que les corresponden según su contrato. Segundo, tener presente que la fecha de referencia es el 18 de diciembre para esperar el depósito, con el 19 como límite de lo que la ley permite sin considerarse tardío. La nota sobre la fecha límite legal para recibir el aguinaldo amplía el marco general de la prestación.

Con el domingo 20 de diciembre como tope, y con el viernes 25 de diciembre y el 1 de enero de 2027 como días de descanso obligatorio, el cierre de año deja poco espacio para improvisar. La fecha que deben respetar las empresas es, en la práctica, el viernes 18, con el sábado 19 como último margen.

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